Mejorar la calidad de la asistencia Sanitaria y reducir la demora en la atención especializada han sido objetivos prioritarios del Gobierno de Castilla-La Mancha desde que asumió las competencias sanitarias en enero de 2002.
Por ello, con la Ley de Garantías en la Atención Sanitaria Especializada en Castilla-La Mancha se establecen unas garantías de respuesta a los usuarios para recibir atención sanitaria especializada de carácter programado y no urgente en unos plazos maximos de tiempo.
¿Qué asegura la Ley?
La Ley 24/2002 de 5 de diciembre, de Garantías en la Atención Sanitaria Especializada, establece garantías de respuesta en la Atención Especializada de carácter programado y no urgente para todas las personas que residan en nuestra Comunidad Autónoma, y asegura a aquellas personas que hayan superado los plazos establecidos la libre elección de centro para ser atendido.
¿Qué plazos máximos se establecen?
El Decreto 10/ 2006 de 31 de Enero establece los siguientes plazos máximos de espera:
- 15 días para primera consulta
- 7 días para pruebas diagnósticas.
- 90 días para una intervención quirúrgica.
¿Qué ocurre si se superan los plazos establecidos?
En el caso de que se superen los plazos máximos para dar respuesta a su demanda sanitaria, el paciente podrá acudir a cualquier centro de su elección debidamente autorizado y el Gobierno Regional estará obligado a abonarle los gastos derivados de la atención sanitaria en el centro elegido.
¿Dónde puede hacer efectivo este derecho?
En la Oficinas Provinciales de Prestaciones del SESCAM
- Albacete
Ctra. Peñas de S. Pedro, 2- CP 02071
Teléfono: 967 51 02 48. - Ciudad Real
C/ Alarcos, 10 ?CP. 13071
Teléfono: 926 29 75 15. - Cuenca
C/ Colón, 12 ?CP 16071
Teléfono: 969 22 34 51. - Guadalajara
C/ Ferial, 31, 2ª planta ?CP 19071
Teléfono 949 23 40 51. - Toledo
C/ Cervantes, 4, 1ª planta ?CP 45071
Teléfono 925 25 48 90.
TELÉFONO DE INFORMACIÓN GRATUITO DEL SESCAM:
900 25 25 25